.
.
.
Búsqueda avanzada
.
.
.
año:2021
 
institución:COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS, FILOSOFIA, CIENCIAS Y ARTES
 
institución:HOSPITAL DOCTOR FERNANDO ESCALANTE PRADILLA
 

12 resultados encontrados en 47 ms. Página 1 de 2
Descargar    Expandir/Colapsar
AUDIENCIA ESPECIAL Y ACUMULACIÓN DE RECURSOS CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las once horas y veintiún minutos del diecisiete de diciembre del dos mil veintiuno—---------------------------------------------------------------------------------------------------------------- RECURSO DE OBJECIÓN interpuesto por LABORATORIOS RYMCO SOCIEDAD ANÓNIMA en contra del cartel de la LICITACIÓN PÚBLICA No. 2021LN-000003-0001102701 promovida por la CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL para la “Compra de Insumos de Cirugía”--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- I. De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 81 y 82 de la Ley de Contratación Administrativa, 178 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Se confiere AUDIENCIA ESPECIAL por el plazo de TRES DÍAS HÁBILES a la Administración licitante, para que se refiera por escrito DE MANERA AMPLIA Y BIEN FUNDAMENTADA a los argumentos expuestos por el objetante. El plazo conferido se contabiliza a partir del día siguiente al de la notificación de este auto. Asimismo, se advierte a la Administración que deberá remitir copia completa de la última versión del cartel de la contratación de conformidad con lo establecido en el artículo 10 inciso e) del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa, y de ser necesario extender el plazo establecido para recibir ofertas, considerando el plazo que tiene este órgano contralor para emitir y notificar la resolución final. Para la contestación de la presente audiencia se le indica a la Administración que los recursos, así como sus anexos se encuentran disponibles en el folio 40 y 41 del expediente digital de la objeción, documento (s) que se encuentra (n) registrado (s) con el número de ingreso 37371. El expediente digital de esta gestión es CGR-ROC-2021007466, el cual puede ser consultado en el sitio web de esta Contralo ...
Fecha publicación: 03/01/2022
Fecha emisión: 17/12/2021
Documento: 22965-2021.pdf
Institución: HOSPITAL DOCTOR FERNANDO ESCALANTE PRADILLA
Emite: División de Contratación Administrativa
Tipo documental: AUDIENCIA
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


División de Contratación Administrativa AUTO CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA. San José, a las quince horas y un minuto del dieciséis de diciembre del dos mil veintiuno—------------------------------------------------------------------------ RECURSOS DE OBJECIÓN interpuestos por SIGMA IMPORTS CORPORATION y TRIDM SOCIEDAD ANÓNIMA en contra del cartel de la LICITACIÓN PÚBLICA No. 2021LN-000003-0001102701 promovida por la CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL para la “Compra de Insumos de Cirugía”------------------------------------ En complemento a la audiencia especial de las trece horas y dos minutos del dieciséis de diciembre del dos mil veintiuno y con fundamento en el artículo 3 de la Ley de Contratación Administrativa párrafo primero, 4 del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa, artículos 8 y 16 de la Ley General de la Administración Pública, 8.5 del Código Procesal Civil, se dispone acumular el recurso interpuesto por SIGMA IMPORTS CORPORATION, SOCIEDAD ANÓNIMA, con el recurso que ha sido interpuesto por TRIDM SOCIEDAD ANÓNIMA, el cual se encuentra en trámite. En consecuencia la Administración podrá acumular la contestación de los alegatos consignados en estos recursos al contestar la audiencia especial de modo que el término para resolver las objeciones presentadas, previsto en el artículo 180 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se computará a partir del día siguiente al día de la interposición del último recurso presentado en tiempo. Por otra parte, y de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Reglamento de Notificaciones de los Productos que emite la División de Contratación Administrativa de la Contraloría General de la República, la Administración deberá indicar medio electrónico, de preferencia correo electrónico, donde atender notificaciones sobre este asunto. Por último, se le solicita a la Administración, en la medida que se encuentre den ...
Fecha publicación: 17/12/2021
Fecha emisión: 16/12/2021
Documento: NN 22872.pdf
Institución: HOSPITAL DOCTOR FERNANDO ESCALANTE PRADILLA
Emite: División de Contratación Administrativa
Tipo documental: AUDIENCIA
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


AUDIENCIA ESPECIAL CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José a las trece horas y dos minutos del dieciséis de diciembre del dos mil veintiuno—---------------------------------------------------------------------------------------------------------------- RECURSO DE OBJECIÓN interpuesto por TRIDM, SOCIEDAD ANÓNIMA en contra del cartel de la LICITACIÓN PÚBLICA No. 2021LN-000003-0001102701 promovida por la CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL para la “Compra de Insumos de Cirugía”-------------------------------------------------------------------------------------------------- De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 81 y 82 de la Ley de Contratación Administrativa, 178 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y 9 del Reglamento de Notificaciones de los productos que emite la División de Contratación Administrativa de la Contraloría General de la República Primero: se confiere AUDIENCIA ESPECIAL por el plazo de TRES DÍAS HÁBILES a la Administración licitante, para que se refiera por escrito DE MANERA AMPLIA Y BIEN FUNDAMENTADA a los argumentos expuestos por el objetante. El plazo conferido se contabiliza a partir del día siguiente al de la notificación de este auto. Asimismo, se advierte a la Administración que deberá remitir copia completa de la última versión del cartel de la contratación de conformidad con lo establecido en el artículo 10 inciso e) del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa, y de ser necesario extender el plazo establecido para recibir ofertas, considerando el plazo que tiene este órgano contralor para emitir y notificar la resolución final. Segundo: Adjunto al escrito de respuesta a la audiencia especial la Administración deberá: 1) Indicar los días que se cierran las oficinas administrativas de la institución para el periodo 2021. Tercero: Para la contestación de la presente audiencia se le indica a la Administración que el recurso, así como sus ane ...
Fecha publicación: 16/12/2021
Fecha emisión: 16/12/2021
Documento: 22837-2021.pdf
Institución: HOSPITAL DOCTOR FERNANDO ESCALANTE PRADILLA
Emite: División de Contratación Administrativa
Tipo documental: AUDIENCIA
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio N° 21890 3 de diciembre de 2021 DJ-1895 Licda. Monica Vargas Bolaños Jefe de Auditoría Interna Colegio de Licenciados y Profesores en Letras, Filosofía, Ciencias y Artes (COLYPRO) (Correo electrónico: mvargas@colypro.com) Estimada señora: Asunto: Consulta sobre la procedencia de recursos de apelación y revisión en contra de los actos de desestimación y archivo de denuncias, emanados de la Auditoría Interna del Colegio de Licenciados y Profesores en Letras, Filosofía, Ciencias y Artes (COLYPRO), de frente al principio de independencia funcional y de criterio de las Auditorías Internas del sector público. I. OBJETO DE LA CONSULTA Mediante el oficio n.° CLYP-JD-AI-CAI-5820 de 27 de agosto de 2021 suscrito por la Licda. Mónica Vargas Bolaños, Jefe de Auditoría Interna del Colegio de Licenciados y Profesores en Letras, Filosofía, Ciencias y Artes (COLYPRO), recibido en esta Contraloría General el mismo día, se solicitó el criterio del Órgano Contralor con base en las siguientes interrogantes: “1.1 En el caso de un Colegio Profesional ¿Puede existir recurso de apelación ante algún ente superior, externo al Departamento de Auditoría Interna, siendo que la estructura interna del Departamento no lo permite, en contra del acto de desestimación y archivo de una denuncia emitido por parte de la Auditoría Interna? En caso de que la pregunta anterior sea afirmativa: ¿Qué ocurre con la independencia funcional y de criterio de la Auditoría Interna si, al resolver un recurso de apelación, el superior establece un criterio distinto y procede a revocar el acto emitido por el Auditor Interno? ¿Quién dirime el conflicto?, lo anterior dada la independencia funcional y de criterio de las Auditorías Internas respecto del jerarca y demás órganos de la administración activa, según lo consagran los artículos 25 de la Ley General de Control Interno, Ley N.º 8292 del 31 de julio de 2002 (LGCI), y 62 de la Ley Orgánica de la mailto:m ...
Fecha publicación: 10/12/2021
Fecha emisión: 03/12/2021
Institución: COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS, FILOSOFIA, CIENCIAS Y ARTES
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Normas de Control Interno


AUDIENCIA ESPECIAL CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José a las doce horas y doce minutos del nueve de diciembre del dos mil veintiuno—---------------------------------------------------------------------------------------------------------------- RECURSO DE OBJECIÓN interpuesto por SIGMA IMPORTS CORPORATION, SOCIEDAD ANÓNIMA en contra del cartel de la LICITACIÓN PÚBLICA No. 2021LN-000003-0001102701 promovida por la CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL para la “Compra de Insumos de Cirugía”-------------------------------------------------------------------------------------------------- De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 81 y 82 de la Ley de Contratación Administrativa, 178 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y 9 del Reglamento de Notificaciones de los productos que emite la División de Contratación Administrativa de la Contraloría General de la República Primero: se confiere AUDIENCIA ESPECIAL por el plazo de TRES DÍAS HÁBILES a la Administración licitante, para que se refiera por escrito DE MANERA AMPLIA Y BIEN FUNDAMENTADA a los argumentos expuestos por el objetante. El plazo conferido se contabiliza a partir del día siguiente al de la notificación de este auto. Asimismo, se advierte a la Administración que deberá remitir copia completa de la última versión del cartel de la contratación de conformidad con lo establecido en el artículo 10 inciso e) del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa, y de ser necesario extender el plazo establecido para recibir ofertas, considerando el plazo que tiene este órgano contralor para emitir y notificar la resolución final. Segundo: Adjunto al escrito de respuesta a la audiencia especial la Administración deberá: 1) Indicar los días que se cierran las oficinas administrativas de la institución para el periodo 2021. Tercero: Para la contestación de la presente audiencia se le indica a la Administración que el recurso, ...
Fecha publicación: 09/12/2021
Fecha emisión: 09/12/2021
Documento: 22199-2021.pdf
Institución: HOSPITAL DOCTOR FERNANDO ESCALANTE PRADILLA
Emite: División de Contratación Administrativa
Tipo documental: AUDIENCIA
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades Al contestar refiérase al oficio N° 21181 25 de noviembre, 2021 DFOE-CAP-0917 Máster Enrique Víquez Fonseca Director Ejecutivo COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES Estimado señor: Asunto: Remisión del informe N° DFOE-CAP-SGP-00006-2021 sobre la capacidad de gestión institucional Me permito remitirle el informe DFOE-CAP-SGP-00006-2021, preparado por el Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, en el cual se consignan los resultados del seguimiento de la gestión sobre la capacidad de gestión institucional con el objetivo brindar un panorama general sobre la capacidad de gestión institucional, con base en el análisis del marco regulatorio y buenas prácticas aplicables, con el propósito de promover su fortalecimiento en procura de la generación de valor público. Dicho informe comprende los resultados del análisis de la capacidad de gestión institucional a partir de las dimensiones que conforman el Modelo Integrado de Gestión Pública (MiGPS), el cual integra cuatro dimensiones -estrategia y estructura; liderazgo y cultura; procesos e información; competencias y equipos- para el fortalecimiento de la capacidad de gestión institucional; es decir, la articulación y preparación de los recursos disponibles de cada entidad para cumplir sus funciones, objetivos y alcanzar los resultados. Esas dimensiones consideran una serie de prácticas vinculadas a la gestión para resultados, los riesgos, la calidad y el control interno en cada una de las dimensiones definidas, cuya implementación en los subsistemas de gestión de las instituciones -financiera, potencial humano, bienes y tecnologías de información- permite fortalecer la capacidad de gestión institucional en procura de satisfacer las necesidades de la ciudadanía y generar valor público mediante el desempeño ...
Fecha publicación: 26/11/2021
Fecha emisión: 25/11/2021
Institución: COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS, FILOSOFIA, CIENCIAS Y ARTES
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: SEGUIMIENTO DE LA GESTION PUBLICA
Notas de remisión: 21168-2021  |  21169-2021  |  21170-2021  |  21171-2021  |  21172-2021  |  21173-2021  |  21174-2021  |  21175-2021  |  21176-2021  |  21177-2021  |  21178-2021  |  21179-2021  |  21180-2021  |  21182-2021  |  21183-2021  |  21184-2021  |  21185-2021  |  21186-2021  |  21187-2021  |  21188-2021  |  21189-2021  |  21190-2021  |  21191-2021  |  21358-2021  |  21359-2021  |  21360-2021  |  21361-2021  |  21362-2021  |  21363-2021  |  21364-2021  |  21365-2021  |  21366-2021  |  21367-2021  |  21368-2021  |  21369-2021  |  21370-2021  |  21371-2021  |  21372-2021  |  21373-2021  |  21374-2021  |  21375-2021  |  21376-2021  |  21377-2021  |  21378-2021  |  21379-2021  |  21380-2021  |  21381-2021  |  21192-2021  |  21193-2021  |  21194-2021  |  21195-2021  |  21196-2021  |  21197-2021  |  21198-2021  |  21199-2021  |  21200-2021  |  21201-2021  |  21202-2021  |  21203-2021  |  21204-2021  |  21205-2021  |  21206-2021  |  21207-2021  |  21208-2021  |  21209-2021  |  21210-2021  |  21211-2021  |  21212-2021  |  21213-2021  |  21214-2021  |  21215-2021  |  21288-2021  |  21289-2021  |  21290-2021  |  21291-2021  |  21382-2021  |  21383-2021  |  21384-2021  |  21385-2021  |  21386-2021  |  21387-2021  |  21388-2021  |  21389-2021  |  21390-2021  |  21391-2021  |  21392-2021  |  21393-2021  |  21394-2021  |  21395-2021  |  21396-2021  |  21397-2021  |  21398-2021  |  21399-2021  |  21400-2021  |  21401-2021  |  21402-2021  |  21403-2021  |  21404-2021  |  21405-2021  |  21216-2021  |  21217-2021  |  21218-2021  |  21219-2021  |  21220-2021  |  21221-2021  |  21222-2021  |  21223-2021  |  21224-2021  |  21225-2021  |  21226-2021  |  21227-2021  |  21228-2021  |  21229-2021  |  21230-2021  |  21231-2021  |  21232-2021  |  21233-2021  |  21234-2021  |  21235-2021  |  21236-2021  |  21237-2021  |  21238-2021  |  21239-2021  |  21292-2021  |  21293-2021  |  21294-2021  |  21295-2021  |  21296-2021  |  21297-2021  |  21298-2021  |  21299-2021  |  21300-2021  |  21301-2021  |  21302-2021  |  21303-2021  |  21304-2021  |  21305-2021  |  21306-2021  |  21307-2021  |  21308-2021  |  21309-2021  |  21310-2021  |  21311-2021  |  21312-2021  |  21313-2021  |  21314-2021  |  21315-2021  |  21406-2021  |  21407-2021  |  21408-2021  |  21409-2021  |  21410-2021  |  21411-2021  |  21412-2021  |  21413-2021  |  21414-2021  |  21415-2021  |  21416-2021  |  21417-2021  |  21418-2021  |  21419-2021  |  21420-2021  |  21421-2021  |  21422-2021  |  21423-2021  |  21424-2021  |  21425-2021  |  21426-2021  |  21427-2021  |  21428-2021  |  21429-2021  |  21240-2021  |  21241-2021  |  21242-2021  |  21243-2021  |  21244-2021  |  21245-2021  |  21246-2021  |  21247-2021  |  21248-2021  |  21249-2021  |  21250-2021  |  21251-2021  |  21252-2021  |  21253-2021  |  21254-2021  |  21255-2021  |  21256-2021  |  21257-2021  |  21258-2021  |  21259-2021  |  21260-2021  |  21261-2021  |  21262-2021  |  21263-2021  |  21316-2021  |  21317-2021  |  21318-2021  |  21319-2021  |  21320-2021  |  21321-2021  |  21322-2021  |  21323-2021  |  21324-2021  |  21325-2021  |  21326-2021  |  21327-2021  |  21328-2021  |  21329-2021  |  21330-2021  |  21331-2021  |  21332-2021  |  21333-2021  |  21334-2021  |  21335-2021  |  21336-2021  |  21337-2021  |  21338-2021  |  21339-2021  |  21264-2021  |  21265-2021  |  21266-2021  |  21267-2021  |  21268-2021  |  21269-2021  |  21270-2021  |  21271-2021  |  21272-2021  |  21273-2021  |  21274-2021  |  21275-2021  |  21276-2021  |  21277-2021  |  21278-2021  |  21279-2021  |  21280-2021  |  21281-2021  |  21282-2021  |  21283-2021  |  21284-2021  |  21285-2021  |  21286-2021  |  21287-2021  |  21149-2021  |  21150-2021  |  21151-2021  |  21152-2021  |  21153-2021  |  21154-2021  |  21155-2021  |  21156-2021  |  21157-2021  |  21158-2021  |  21159-2021  |  21160-2021  |  21161-2021  |  21162-2021  |  21163-2021  |  21164-2021  |  21165-2021  |  21166-2021  |  21167-2021  |  21340-2021  |  21341-2021  |  21342-2021  |  21343-2021  |  21344-2021  |  21345-2021  |  21346-2021  |  21347-2021  |  21348-2021  |  21349-2021  |  21350-2021  |  21351-2021  |  21352-2021  |  21353-2021  |  21354-2021  |  21355-2021  |  21356-2021  |  21357-2021  |  21148-2021


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio N° 18493 22 de noviembre de 2021 DJ-1833 Señora Monica Vargas Bolaños Jefe de Auditoría COLYPRO Ce:mvargas@colypro.com Estimada señora: Asunto: Aclaración y adición al oficio n° 17740 (DJ-1773). Se refiere este Despacho a su oficio n° CLYP-JD-AI-CAI-7421 del 12 de noviembre de 2021, recibido en esta Contraloría General el mismo día, mediante el cual solicita aclaración y adición del oficio n° 17740(DJ-1773). I. OBJETO DE LA SOLICITUD DE ACLARACIÓN Y ADICIÓN La Auditora consultante solicita aclaración y adición sobre lo siguiente: “(...) Por todo lo anterior y para mayor claridad en las funciones de esta Auditoría Interna, rogamos aclarar las razones por las cuales el informe al que se hace referencia en el artículo 21 de la Ley 4770, de acuerdo al criterio emitido por ustedes, no es considerado un informe de investigación preliminar y ampliar entonces ¿Qué tipo de informe es?, para efectos de mejor comprensión y valoración de los procedimientos relacionados con el mismo en el cumplimiento de las funciones de dicha Auditoría, para dicha aclaración considerando, que no existe ningún procedimiento ni documento previo, concebido en la Ley o Reglamento del Colegio, para aplicar u operativizar lo que indica el artículo 21 de la Ley 4770, sino que es con base en el mismo, únicamente, que la Fiscal realizaría las investigaciones en ese sentido(pueden ser por denuncia o de oficio) y elevaría informe a Junta Directiva y ésta a Asamblea.(...) ”. Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica mailto:mvargas@colypro.com mailto:contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ División Jurídica 2 II. CRITERIO DEL ÓRGANO CONTRALOR . En el oficio n° 17740(DJ-1773) se manifestó el criterio respecto a la naturaleza del informe que debe dar el fiscal en el contexto del numeral 21 de la Ley ...
Fecha publicación: 22/11/2021
Fecha emisión: 22/11/2021
Institución: COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS, FILOSOFIA, CIENCIAS Y ARTES
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: PN Ley 8292 General de Control Interno


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio N° 17740 10 de noviembre de 2021 DJ-1773 Señora Monica Vargas Bolaños Jefe de Auditoría COLYPRO Ce:mvargas@colypro.com Estimada señora: Asunto: Consulta relacionada con la necesidad de aplicar lo establecido en los numerales 6 de la Ley General de Control Interno y 8 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito al trámite descrito en el numeral 21 de la Ley n° 4770. Se refiere este Despacho a su oficio n° CLYP-JD-AI-CAI-6321 del 21 de setiembre de 2021, recibido en esta Contraloría General el mismo día, mediante el cual consulta el criterio de este Órgano Contralor en relación con la necesidad de aplicar lo establecido en los numerales 6 de la Ley General de Control Interno y 8 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito al trámite descrito en el numeral 21 de la Ley n° 4770. I. OBJETO DE LA CONSULTA La Auditora consultante solicita el criterio sobre lo siguiente: “(...) En el artículo 21 de la Ley 4770 se establecen los causales para que un miembro de Junta Directiva cese en sus funciones, para lo cual se establece como requisito que la Fiscalía del Colegio presente un informe a la Junta Directiva para que ésta lo eleve a Asamblea. De acuerdo con lo anterior, el objeto de consulta es determinar si dicho informe que debe presentar la Fiscalía, debe aplicarse en concordancia con lo establecido en el artículo 6 de la Ley General de Control Interno, así como, el artículo 8 la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica mailto:mvargas@colypro.com mailto:contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ División Jurídica 2 en la función pública Ley N° 8422? o ¿Pueden establecerse procedimientos internos diferentes a los que establece la citada normativa? (...) ”. Así mismo en el oficio en e ...
Fecha publicación: 10/11/2021
Fecha emisión: 10/11/2021
Institución: COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS, FILOSOFIA, CIENCIAS Y ARTES
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Confidencialidad de la Identidad del Denunciante


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades Al contestar refiérase al oficio N° 16702 27 de octubre, 2021 DFOE-CAP-0748 Licenciada Mónica Vargas Bolaños Auditora Interna COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES COSTA RICA mvargas@colypro.com auditoriainterna@colypro.com Estimada señora: Asunto: Criterio sobre acceso a documentos e información de órganos de Colegios Profesionales por parte de las auditorías internas Se atiende la consulta efectuada mediante el oficio CLYP-JD-AI-CAI-6021, en el cual solicita el criterio de la Contraloría General respecto al acceso a documentos e información de órganos de Colegios Profesionales por parte de las auditorías internas. I. MOTIVO DE LA GESTIÓN El gestionante señala como antecedentes de la consulta el análisis del artículo 33 de la Ley General de Control Interno, N° 8292 a la luz de diversos criterios de la Contraloría General, en referencia a que los Jerarcas o titulares subordinados no deberán obstaculizar o impedir el libre acceso a la información para las auditorías internas, así como lo relacionado con el inciso b) de artículo citado que detalla: Solicitar, a cualquier funcionario y sujeto privado que administre o custodie fondos públicos de los entes y órganos de su competencia institucional, en la forma, las condiciones y el plazo razonables, los informes, datos y documentos para el cabal cumplimiento de su competencia. En el caso de sujetos privados, la solicitud será en lo que respecta a la administración o custodia de fondos públicos de los entes y órganos de su competencia institucional.” Además, señala lo indicado por la Contraloría General mediante el dictamen N° DI-CR-468 del 6 de septiembre de 2004 respecto al libre acceso que debe tener la auditoría interna a las fuentes de información para atención de las denuncias que le sean presentadas. Considerando lo anterior, consulta lo siguiente: “¿Puede dich ...
Fecha publicación: 01/11/2021
Fecha emisión: 27/10/2021
Institución: COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS, FILOSOFIA, CIENCIAS Y ARTES
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica R-DCA-00366-2021 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las doce horas con cincuenta y un minutos del veintiséis de marzo del dos mil veintiuno.-- RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la empresa TRIGAS S.A., en contra del acto de adjudicación de la LICITACIÓN PÚBLICA No. 2020LN-000004-2701 promovida por el HOSPITAL FERNANDO ESCALANTE PRADILLA para la compra de “Gases medicinales e industriales”, recaído a favor de la empresa INFRA GI DE COSTA RICA S.A. bajo la modalidad de entrega según demanda.-------------------------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO I. Que el dieciséis de marzo de dos mil veintiuno la empresa Trigas S.A., presentó ante la Contraloría General de la República recurso de apelación en contra del acto de adjudicación de la licitación pública No. 2020LN-000004-2701 promovida por el Hospital Fernando Escalante Pradilla para la compra de gases medicinales e industriales.------------------------------------------------------------- II. Que mediante auto de las once horas cincuenta y nueve minutos del dieciocho de marzo de dos mil veintiuno, esta División requirió el expediente administrativo del concurso, lo cual fue atendido mediante oficio No. AGBS-SACA-246-2021 del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno.------- III. Que la presente resolución se emite dentro del plazo de ley, y en su trámite se han observado las prescripciones legales y reglamentarias correspondientes.------------------------------------------------ CONSIDERANDO I. HECHOS PROBADOS: Para emitir la presente resolución, a partir de la información que consta en el expediente administrativo del concurso, se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés ...
Fecha publicación: 07/04/2021
Fecha emisión: 26/03/2021
Institución: HOSPITAL DOCTOR FERNANDO ESCALANTE PRADILLA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION